Nuestros Servicios

Aquí encontrarás todos nuestros servicios de asesoría, diseñados a tu medida y con un enfoque totalmente personalizado.

Servicios de Extranjeria y nacionalidad española

todas las autorizaciones de residencia EXEPTO autorizaciones de residencia por PROTECCION INTERNACIONAL (ASILO) y MENORES DE EDAD

Servicios administrativos

consulados de marruecos en España Consulados de España en marruecos

Servicios consulares

Gestiones administrativas

autorizaciones de residencia por circunstancias excepcionales

El arraigo es un proceso que permite a los extranjeros en situación irregular regularizar su estatus en España. Existen varios tipos de arraigo, cada uno con requisitos específicos:

  • Arraigo Social: Dirigido a quienes han vivido en España por lo menos tres años y tienen vínculos sociales sólidos en el país.

    Es decir, Este procedimiento está destinado a personas que han residido de manera continua en España durante al menos 3 años. Para poder acceder a él, deben cumplir con los siguientes requisitos: no tener antecedentes penales ni en España ni en su país de origen; contar con un contrato de trabajo firmado por el empleado y el empleador, con una duración mínima de un año; acreditar vínculos familiares con otros residentes en España (como cónyuges, ascendientes o descendientes directos) o presentar un informe que demuestre su integración social (informe de arraigo social).

  • Arraigo Familiar: Para quienes tienen familiares directos que son ciudadanos españoles o residentes legales en España.
    Es decir, Para solicitar este trámite, la persona extranjera debe encontrarse en situación irregular en España y cumplir con los siguientes

    requisitos:

  • El tiempo de permanencia en España no es relevante.

  • Ser hijo de un padre o madre que haya sido originariamente español o que haya recuperado la nacionalidad española.

  • Ser padre o madre de un hijo español a su cargo. En este caso, la tarjeta de residencia se otorgará por un período de 5 años, según una

    nueva instrucción al respecto.

  • Arraigo Laboral: Para aquellos que han trabajado en España durante un mínimo de seis meses.

Es decir, Para solicitar este procedimiento, la persona extranjera debe encontrarse en situación irregular en España, cumpliendo con los siguientes requisitos:

  • Haber permanecido de manera continua en el país durante al menos 2 años.

  • No tener antecedentes penales ni en España ni en su país de origen.

  • Acreditar una relación laboral de al menos 6 meses. Esto se puede demostrar mediante un acta de infracción emitida por la Inspección de

    Trabajo y Seguridad Social, una resolución judicial que reconozca la relación laboral, o una resolución administrativa que lo certifique. Alternativamente, de acuerdo con una nueva instrucción, también se puede validar este requisito si se ha cotizado ese tiempo en la Tesorería General de la Seguridad Social (irregularidad sobrevenida).

  • Arraigo Formativo: Dirigido a quienes han permanecido en España por al menos dos años y desean regularizar su situación a través de estudios o formación.

    Autorización de Regreso:

    Permite a los extranjeros cuya residencia esté en proceso de renovación o prórroga salir y regresar a España en un plazo de 90 días.

    Tarjeta de Residencia de Larga Duración:

    Para quienes han residido en España de manera legal durante cinco años o más. La tarjeta se renueva cada cinco años. También existe la opción de residencia de larga duración-UE. Este es un resumen de los principales trámites y condiciones para la estancia y residencia de extranjeros en España.

    tarjeta de residencia no lucrativa

    está destinada a personas que puedan acreditar que cuentan con los recursos económicos suficientes para vivir en España sin necesidad de realizar actividades laborales. Para obtener esta autorización, es necesario demostrar una serie de cosas para adquirir ese tipo de autorización, para más info, póngase en contacto con nosotros

Prórroga de Estancia de Corta Duración:

Se puede prorrogar la estancia de un extranjero que no esté en España por motivos laborales ni de residencia, con excepción de quienes tengan visado para búsqueda de empleo. La duración no puede superar 90 días en un semestre, aunque en casos excepcionales se puede autorizar más tiempo.

Asignación de NIE:

Los extranjeros con intereses económicos, profesionales o sociales en España deben solicitar el Número de Identidad de Extranjero, a menos que se encuentren en situación irregular.

Certificados de Residencia o No Residencia:

El certificado de residente acredita la residencia legal en España durante un período específico, válido por tres meses. El certificado de no residente valida que una persona no reside en España, con la misma validez.

Autorización para Carta de Invitación:

Los ciudadanos españoles o residentes legales pueden invitar a extranjeros a España, asumiendo los gastos de su alojamiento.

Certificado de Registro de Ciudadano UE:

Los ciudadanos de un país de la Unión Europea o de otro Estado miembro del Espacio Económico Europeo tienen el derecho de residir en España por más de tres meses con el Certificado de Registro de Ciudadano de la Unión Europea en España.

Para obtener este certificado, los interesados deben presentar su solicitud de manera personal en la comisaría de policía de la provincia donde deseen residir o fijar su estancia, con el fin de inscribirse en el Registro Central de Extranjeros.

Autorización y permisos de estudiantes

Para estudiantes con estancia superior a seis meses. Su validez depende de la autorización de estancia correspondiente y expira cuando está ya no esté vigente.
Es decir, este procedimiento permite a los extranjeros obtener un permiso de residencia para estudiar en España. Nos encargamos de gestionar todo el proceso, desde la solicitud hasta la orientación y asistencia en la búsqueda de una institución educativa, así como en la obtención de la matrícula necesaria para iniciar el trámite desde su país de origen. Nos aseguramos de que se cumplan todos los requisitos, como la inscripción en una entidad educativa y la acreditación de los recursos económicos suficientes.

Tipos de Visado de Estudiante en Barcelona y por todo el territorio español

En España, existen dos tipos de visado para estudiantes, según la duración de los estudios:

  • Visa de estudiante de corta duración: Dirigida a los extranjeros que vayan a estudiar en el país por un período de entre 91 y 180 días.

  • Visa de estudiante de larga duración: Para aquellos cuyo período de estudios sea superior a 6 meses.

  • Somos expertos en asesoría sobre visados de estudiantes, renovaciones de tarjetas de identidad de extranjeros (TIE) para estudiantes, y autorizaciones de trabajo para quienes estudian en España. También gestionamos el cambio de estatus de estudiante a autorización de residencia y trabajo inicial, realizando un seguimiento detallado de cada proceso.

Importante: En caso de denegación de la tarjeta de estudiante, nos encargamos de presentar los recursos necesarios para impugnar la decisión.

Matrimonio y pareja de hecho

Ofrecemos asesoramiento sobre los trámites necesarios para contraer matrimonio o registrar una pareja de hecho en España, especialmente en la Comunidad Autónoma de Cataluña. Estos procesos pueden facilitar la obtención de permisos de residencia para el cónyuge o la pareja, tanto si está registrada como si no lo está. Los requisitos y procedimientos pueden variar según la Comunidad Autónoma en la que se realice la solicitud. Nuestro servicio abarca la preparación de toda la documentación y la presentación de las solicitudes ante las autoridades pertinentes.

Nacionalidad española

La nacionalidad es el vínculo legal entre una persona y un Estado, otorgando derechos y deberes a ambas partes. En España, se adquiere, conserva y pierde según la ley. La nacionalidad por residencia requiere vivir legalmente en España durante diez años, aunque existen excepciones:

  • Cinco años para refugiados.

  • Dos años para nacionales de países iberoamericanos, Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial, Portugal y sefardíes.

  • Un año para:

o Nacidos en España.
o Quienes no ejercieron su derecho a la nacionalidad española por opción. o Quienes estuvieron bajo tutela o acogimiento en España.
o Casados con un español sin estar separados.

o Viudos de españoles sin separación previa.
o Hijos o nietos de españoles nacidos fuera de España.

Los solicitantes deben demostrar buena conducta cívica y suficiente integración en la sociedad española. ¿Quiénes pueden solicitarlo?

  • Mayores de 18 años o emancipados.

  • Mayores de 14 años con asistencia legal.

  • Representante legal de menores de 14 años.

  • Persona con capacidad modificada o su representante legal, según lo dispuesto judicialmente.

    Otros modos de adquisición de la nacionalidad:

  • Carta de naturaleza

  • Españoles de origen

  • Posesión de estado

  • Opción

    Reagrupación familiar

    Este trámite permite a los residentes en España traer a sus familiares directos al país. En nuestro caso, nos enfocamos exclusivamente en la reagrupación del cónyuge o pareja, ya sea registrada o no registrada. Nos encargamos de gestionar la solicitud ante las autoridades competentes, asegurándonos de que se cumplan todos los requisitos necesarios, que pueden variar según el tipo de familiar a reagrupar.

    No tramitamos reagrupación familiar de menores y padres de país de origen

Tarjeta Comunitaria

La tarjeta comunitaria es un documento que permite a los familiares de ciudadanos de la Unión Europea residir y trabajar en España. Este trámite se aplica a cónyuges, parejas de hecho, hijos y otros familiares directos de ciudadanos europeos. El abogado ofrece asesoría sobre los requisitos indispensables, como la acreditación de la relación familiar y la situación económica, y se encarga de gestionar la solicitud ante las autoridades competentes, asegurando que se cumplan todos los pasos legales para obtener la tarjeta.

Recurso de Extranjería

La tarjeta comunitaria es un documento que permite a los familiares de ciudadanos de la Unión Europea residir y trabajar en España. Este trámite se aplica a cónyuges, parejas de hecho, hijos y otros familiares directos de ciudadanos europeos. El abogado ofrece asesoría sobre los requisitos indispensables, como la acreditación de la relación familiar y la situación económica, y se encarga de gestionar la solicitud ante las autoridades competentes, asegurando que se cumplan todos los pasos legales para obtener la tarjeta.

Renovación de las autorizaciones de residencia temporal y trabajo por cuenta ajena se otorgan por períodos de uno o dos años, hasta que se logre obtener la tarjeta de residencia de larga duración.

Los requisitos generales para la renovación de la autorización de residencia temporal y trabajo por cuenta ajena son los siguientes:

La solicitud de renovación debe presentarse dentro de los 60 días naturales previos a la fecha de vencimiento de la autorización. Si se presenta en este plazo, la validez de la autorización anterior se prorrogará hasta que se tome una decisión sobre la solicitud.

Si la solicitud se presenta dentro de los 90 días naturales siguientes a la expiración de la autorización, la validez de la misma también se extenderá hasta la resolución del trámite. Sin embargo, esta situación puede implicar una sanción administrativa.

En caso de que el trabajador extranjero no reciba la carta para solicitar la renovación, deberá llevar a cabo el trámite a través de cualquier otro procedimiento establecido por la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común

Residencia larga duración Residencia de Larga Duración

Gestionamos tu solicitud de Residencia de Larga Duración de manera rápida y eficiente. En nuestra oficina, tendrás tu expediente formalmente presentado y registrado en la base de datos de la Oficina de Extranjería. Gracias a nuestro sistema telemático, las resoluciones suelen tardar un margen dependiendo de la comunidad autónoma donde han efectuado su solicitud.

Este tipo de residencia te permite vivir y trabajar en España de manera indefinida, con los mismos derechos que los ciudadanos españoles. Se concede a las personas extranjeras que cumplan con alguno de los siguientes requisitos:

  • Haber residido legalmente y de manera continua en España durante cinco años.

  • Haber vivido cinco años de forma continua con una Tarjeta Azul UE en la Unión Europea, siempre que al menos los dos años anteriores a

    la solicitud hayan sido en España.

  • Ser beneficiario de una pensión de jubilación contributiva del sistema de Seguridad Social español.

  • Ser beneficiario de una pensión por incapacidad permanente absoluta o gran invalidez, en su modalidad contributiva, o de prestaciones

    similares en España que consistan en una renta vitalicia no capitalizable suficiente para su manutención.

  • Haber nacido en España y residido legalmente en el país durante al menos tres años consecutivos antes de la solicitud.

  • Haber sido español de origen y haber perdido la nacionalidad española.

  • Haber sido residente bajo la tutela de una entidad pública española durante los cinco años anteriores a la mayoría de edad.

  • Ser apátrida, refugiado o beneficiario de protección subsidiaria con estatus reconocido en España.

  • Haber realizado contribuciones significativas al progreso económico, científico o cultural de España, o haber promovido la imagen de

    España en el extranjero. En estos casos, el Ministerio de Empleo y Seguridad Social, con un informe del Ministerio del Interior, podrá otorgar la autorización de residencia de larga duración.

Residencia de Larga Duración-UE

La Residencia de Larga Duración-UE permite residir y trabajar en España de manera indefinida, con los mismos derechos que los ciudadanos españoles. Además, ofrece la posibilidad de obtener permisos de residencia o residencia y trabajo en otros Estados miembros de la Unión Europea, conforme a sus normativas.

Requisitos mínimos:

  • No ser ciudadano de un país de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo ni de Suiza, ni familiar de ciudadanos de estos países bajo el régimen de ciudadano de la Unión.

  • No tener antecedentes penales ni en España ni en los países donde haya residido previamente, por delitos contemplados en la legislación española.

  • No estar prohibido de entrada en España ni figurar como rechazable en el espacio territorial de países con los que España haya firmado acuerdos en este sentido.

  • Haber residido legalmente y de manera continua en España durante al menos cinco años. Las ausencias no afectarán la continuidad si son de hasta seis meses consecutivos, siempre que no superen diez meses en total dentro de los cinco años, o un año si las ausencias son por motivos laborales.

  • En caso de haber estado en situación de estancia por estudios, movilidad de alumnos o prácticas no laborales, se computará el 50% del tiempo de residencia de estos períodos dentro de los cinco años requeridos, siempre que en el momento de la solicitud se esté en situación de residencia.

  • Los titulares de la Tarjeta Azul-UE que hayan residido al menos los dos últimos años en España, podrán contar también su tiempo de residencia en la Unión Europea con esta tarjeta, con un límite de ausencias de hasta doce meses consecutivos y un máximo de dieciocho meses en total durante los cinco años.

  • Disponer de recursos económicos suficientes y regulares para su propio sustento y, en su caso, para los miembros de su familia a cargo. Para unidades familiares con dos miembros, se exigirá una cantidad equivalente al 150% del IPREM, y se añadirá un 50% más por cada miembro adicional.

  • Los recursos pueden proceder de ingresos propios o de actividades laborales o profesionales.

  • Contar con un seguro de salud, público o privado, que cubra los riesgos normalmente asegurados a los ciudadanos españoles.

CARTA DE INVITACIÓN EN ESPAÑA
En Conesa Legal, como expertos en procesos migratorios, te ayudamos a gestionar la obtención de tu carta de invitación para España.

Este documento es fundamental si deseas solicitar un visado de estancia o residencia en el país. Es importante tener en cuenta que la emisión de la carta de invitación está sujeta a varios factores, como el propósito de tu visita y tu historial migratorio. Nosotros estaremos a tu disposición para asesorarte durante todo el proceso.

Sabemos que obtener una carta de invitación puede resultar complicado, pero en Conesa Legal nos encargamos de simplificarlo. Te orientaremos sobre los requisitos específicos y te apoyaremos para asegurar que tu solicitud de visado sea exitosa.

Pareja de Hecho

Matrimonio Empadronamiento


Contratación de seguro salud

Certificado Digital


Tarjeta Sanitaria Individual (TSI)

Tarjeta Sanitaria Europea

Certificado Antecedentes Penales de España

Cancelación de antecedentes penales

Certificado de Nacimiento / Matrimonio en España

TRADUCCIÓN JURADA

SERVICIO DE TRADUCCIÓN JURADA

En nuestro despacho te ayudamos a realizar cualquier tipo de traducción jurada en estos idiomas:

Árabe =español / español= árabe

Francés =español / español =francés

Portugués = español / español = portugués

Disponemos de gestiones de traductores jurados, debidamente autorizados por el Ministerio de Asuntos Exteriores.
Además, gestionamos la solicitud de documentos procedentes del país de origen (Brasil) necesarios para los trámites de solicitud de

nacionalidad española.
Así, puedes optimizar tu tiempo y obtener la tranquilidad que necesitas durante el proceso.

¿No encuentras lo que necesitas?
Si no has encontrado el trámite que estabas buscando, no dudes en contactarnos y explícanos tu situación.
Te ofreceremos orientación y te ayudaremos a identificar los pasos o procedimientos adecuados para resolver tu caso.

Consulados de España

Visados

Estudiantes
Residencia No Lucrativa Familiar Comunitario Residencia y Trabajo por Cuenta Ajena Reagrupación Familiar Turismo
Nacionalidad Española por Opción Registro de Nacimiento

Consulados de Marruecos en España

Inscripción consular

Cualquier ciudadano marroquí que se establezca o nazca en el extranjero, con independencia de su sexo, su edad o su estado civil, debe inscribirse ante los servicios consulares marroquíes vinculados a su lugar de residencia. Este trámite se denomina “Inscripción consular”.

Inscripción consular
Certificado de inscripción consular
Matriculación, Pasaporte y Salvoconducto
Carnet Nacional de Identidad Electrónico (CNIE), ficha antropométrica y Extracto de antecedentes penales
Estado Civil
Legalizaciones y Certificaciones de Conformidad
Actos y procuraciones de adules

Atestaciones y Certificados

¿No encuentras lo que necesitas?
Si no has encontrado el trámite que estabas buscando, no dudes en contactarnos y explícanos tu situación.
Te ofreceremos orientación y te ayudaremos a identificar los pasos o procedimientos adecuados para resolver tu caso.